Principales consecuencias de no pagar los impuestos a tiempo.
Si se es persona física y durante abril no se presentó la declaración anual de impuestos o se hizo sin pagar el monto que resultó a cargo, debe poner al corriente ese adeudo lo antes posible, pues el incumplimiento de las obligaciones fiscales trae como consecuencia la imposición de multas, recargos, cobro de gastos de ejecución, auditorías y, en casos extremos, hasta años de cárcel.
Ello, sin considerar el registro negativo en el historial crediticio, pues desde el 2008 la autoridad tributaria entrega información a las sociedades de información crediticia (Buró y Círculo de Crédito).
“Desde que se sabe que no se ha presentado una declaración, lo mejor es hacerlo antes de que la autoridad la requiera, pues una vez que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) exige el cumplimiento, se tiene ganada una multa”, explicó Jorge Sánchez Hernández, presidente de la Academia de Estudios Fiscales de la Contaduría Pública, y consultor de Deloitte.
Por su parte, Rubén Herrero, director de Impuestum Contadores, explicó que el Código Fiscal de la Federación (CFF), en su artículo 109, contempla el castigo con cárcel cuando una persona omita por más de 12 meses presentar sus declaraciones con carácter de definitivas. Pero “la pena corporal no se obtiene en automático, aclaró”.
“Primero, la autoridad va a invitar a hacer el pago del adeudo, después le requiere, si el contribuyente no le hace caso, entonces, le puede demandar ante el Ministerio Público”, explicó.
Fuente: El Economista