A partir del mes de abril el cálculo del IETU será bimestral.

A partir de este mes el cálculo del impuesto empresarial a tasa única (IETU) será bimestral, de acuerdo al Decreto emitido por el Ejecutivo Federal en materia de estímulos y facilidades fiscales a favor de los contribuyentes, que incluye además otras medidas en relación al impuesto a los depósitos en efectivo (IDE), impuesto sobre la renta (ISR) y dictamen fiscal.

El Decreto publicado el pasado 30 de marzo señala que los intereses reales ya no serán acumulables, no será necesario presentar dictamen para la devolución del IDE y se libera del dictamen fiscal a las pequeñas y medianas empresas (Pymes) con ingresos inferiores a 40 millones de pesos anuales.

Una de las facilidades que aplica a todas las personas morales es que ya no tendrán la obligación de expedir constancias de retenciones del ISR e impuesto al valor agregado (IVA) a favor de las personas físicas, cuando les paguen honorarios y/o arrendamiento con un comprobante fiscal digital por Internet.

Fuente: http://www.reforma.com